Para tributar en el régimen simple durante 2027, quien ya tiene RUT debe inscribirse a más tardar el último día hábil de febrero: el viernes 26 de febrero de 2027. Quien se inscribe por primera vez en el RUT puede optar por el SIMPLE en ese mismo momento, en cualquier mes del año. Las dos reglas están en el artículo 909 del Estatuto Tributario.
La decisión vale para todo el año gravable. Una vez inscrito no puedes volver al régimen ordinario hasta el año siguiente, así que la cuenta de si te conviene se hace antes de febrero, no después.
Quién puede inscribirse
El artículo 905 pide cumplir todas estas condiciones a la vez:
- Quién eres. Una persona natural que desarrolla una empresa, o una persona jurídica cuyos socios o accionistas son personas naturales residentes en Colombia.
- Cuánto facturaste. Ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT en el año anterior. Para 2027 se miran los ingresos de 2026 con la UVT de 2026: $5.237.400.000. Una empresa nueva entra con la condición de no pasar ese tope en el año.
- Qué más tienes. Si un socio participa en otras empresas inscritas en el SIMPLE, tiene más del 10% de una sociedad que no lo está, o administra otras sociedades, los ingresos se suman para medir el tope.
- Cómo cumples. RUT, firma electrónica y factura electrónica habilitada.

Quién no puede
El artículo 906 cierra la puerta, entre otros, a:
- Personas jurídicas extranjeras y personas naturales sin residencia en el país.
- Quienes en la práctica tienen una relación laboral con su contratante.
- Filiales, subsidiarias y sucursales, y sociedades que sean accionistas de otras sociedades.
- Entidades financieras, microcrédito, factoring y asesoría financiera.
- Quienes obtienen el 20% o más de sus ingresos de gestionar o arrendar activos, o de otros ingresos pasivos.
- Generación y comercialización de energía eléctrica; fabricación, importación o comercialización de automóviles; importación de combustibles.
- Sociedades que resulten de una escisión ocurrida en los cinco años anteriores.
Los servicios profesionales sí pueden entrar con el tope general: la Corte Constitucional retiró el límite especial de 12.000 UVT que la Ley 2277 de 2022 había fijado para las profesiones liberales.
Cómo se hace la inscripción
No hay un formulario aparte. La inscripción consiste en actualizar el RUT para registrar la responsabilidad de contribuyente del SIMPLE, que aparece con el código 47. Se hace en línea, en el portal de la DIAN, con usuario y firma electrónica.

El orden que funciona es este:
- Compara antes de inscribirte. El SIMPLE grava el ingreso bruto, no la utilidad: a una empresa de margen bajo puede salirle más caro. La comparación completa está en régimen simple vs. ordinario.
- Actualiza el RUT antes del 26 de febrero de 2027 y descarga la copia con la responsabilidad 47.
- Avísales a tus clientes. Al estar en el SIMPLE dejan de practicarte retención en la fuente por renta y retención de ICA.
- Presenta el primer anticipo, el del bimestre enero-febrero.
Qué empieza cuando te inscribes
- Anticipos bimestrales, que se liquidan en el formulario 2593 sobre los ingresos de cada bimestre, con la tarifa de tu grupo de actividad. Las del año están en la tabla de tarifas del régimen simple.
- Una declaración anual consolidada, en el formulario 260.
- El ICA integrado. Lo pagas dentro del anticipo y de ahí se transfiere a los municipios.
- Sin retenciones de renta, ni practicadas a ti ni por ti, salvo las laborales. Si eres responsable de IVA, lo sigues siendo.
Para salir, la regla es simétrica y más corta: quien quiera volver al régimen ordinario en un año debe optar antes del último día hábil de enero de ese año.
En Quadria, una empresa marcada como régimen simple recibe el borrador del anticipo de cada bimestre armado con sus ingresos; tú lo revisas y lo presentas. Así lo muestra la página de régimen simple.
Errores comunes
- Dejar pasar febrero. Para quien ya tiene RUT no hay inscripción extemporánea: la siguiente oportunidad es el año siguiente.
- Medir el tope con la utilidad. Son ingresos brutos, e incluyen los extraordinarios.
- Olvidar las otras sociedades del socio, que se consolidan.
- Inscribirse sin tener habilitada la factura electrónica.
Preguntas frecuentes
¿Si ya estoy en el régimen simple tengo que inscribirme otra vez?
No. La inscripción se mantiene de un año a otro mientras cumplas los requisitos y no optes por volver al ordinario.
¿Una empresa nueva puede entrar a mitad de año?
Sí. Quien inicia actividades puede inscribirse en el SIMPLE al hacer su registro inicial en el RUT, en cualquier momento.
¿Qué pasa si durante el año supero las 100.000 UVT?
Dejas de cumplir un requisito y sales del régimen. El artículo 913 del Estatuto Tributario regula cómo y desde cuándo opera esa exclusión.
¿Las cifras cambian con la UVT de 2027?
Los rangos de las tarifas sí, porque están en UVT. El tope para inscribirte en 2027 no: se mide con los ingresos y la UVT de 2026. El valor estimado de la nueva unidad está en UVT 2027.
