Guías tributarias · Estatuto Tributario, arts. 905, 906, 908 y 909

Régimen simple de tributación para empresas nuevas

Qué es el régimen simple de tributación, si tu empresa nueva puede entrar, cuándo elegirlo, cuánto se paga con un ejemplo y qué obligaciones trae.

EQ
Equipo Quadria

Actualizado el 28 oct 2026 · 6 min de lectura

El régimen simple de tributación, conocido como RST o SIMPLE, es una forma de pagar impuestos en la que una sola tarifa sobre los ingresos brutos reemplaza el impuesto de renta y integra el de industria y comercio (ICA). Si acabas de registrar tu empresa, tienes una ventaja: puedes elegirlo en el mismo momento en que inscribes el RUT, sin esperar al plazo de febrero que aplica a quienes ya tienen uno.

Esta guía sigue el orden de las preguntas de quien empieza: qué es, si puedes entrar, cuándo decidir, cuánto se paga y qué cambia en el día a día. Es información general y no es asesoría tributaria; la decisión de entrar o no la toma el empresario junto con su contador, con las cifras reales del negocio.

Qué es el régimen simple y qué reemplaza

En el régimen ordinario una empresa liquida el impuesto de renta sobre su utilidad: ingresos menos costos y gastos. En el SIMPLE no se resta nada. La tarifa se aplica sobre los ingresos brutos, es decir, sobre lo que vendes, y por eso la cuenta cambia según el margen del negocio.

Lo que trae el régimen:

  • Una tarifa consolidada que depende del grupo de actividad y del tamaño de tus ingresos del bimestre.
  • El ICA integrado. Lo pagas dentro del anticipo y de ahí se transfiere a los municipios.
  • Anticipos cada dos meses y una declaración anual que los suma.
  • Sin retención en la fuente de renta, ni la que te practican tus clientes ni la que tú practicas a tus proveedores, salvo las laborales.

Lo que no cambia: si vendes bienes o servicios gravados con IVA, sigues siendo responsable de IVA y lo declaras como cualquier otra empresa. Tampoco desaparece la obligación de llevar contabilidad si eres comerciante.

Si tu empresa nueva puede entrar

El artículo 905 del Estatuto Tributario pide cumplir todas estas condiciones a la vez:

  • Quién eres. Una persona natural que desarrolla una empresa, o una persona jurídica (por ejemplo una S.A.S.) cuyos socios o accionistas son personas naturales residentes en Colombia.
  • Cuánto facturas. Ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT en el año. Con la UVT de 2026 ($52.374) son $5.237.400.000. Una empresa nueva entra con la condición de no pasar ese tope.
  • Qué más tienes. Si un socio tiene más del 10 % de otra sociedad que no está en el SIMPLE, administra otras sociedades o participa en otras empresas inscritas, los ingresos se suman para medir el tope.
  • Cómo cumples. Con RUT, firma electrónica y factura electrónica habilitada.

El artículo 906 deja por fuera, entre otros, a las entidades financieras, a quienes obtienen el 20 % o más de sus ingresos de gestionar o arrendar activos, a las filiales y sucursales, a quienes en la práctica tienen una relación laboral con su contratante y a ciertas actividades como la generación de energía eléctrica. La lista completa y la inscripción paso a paso están en inscripción al régimen simple 2027.

Cuándo se decide

Para una empresa nueva hay dos momentos:

  1. Al inscribirte por primera vez en el RUT. Puedes optar por el SIMPLE en ese mismo trámite, en cualquier mes del año (artículo 909 del Estatuto Tributario). Es el caso de quien acaba de pasar por la Cámara de Comercio.
  2. Si ya tienes RUT en el régimen ordinario, la inscripción se hace a más tardar el último día hábil de febrero. Para 2027 es el viernes 26 de febrero de 2027.

La decisión vale para todo el año gravable. Una vez dentro, volver al régimen ordinario exige optar antes del último día hábil de enero del año en que quieras salir. Por eso conviene hacer la cuenta antes de marcar la casilla del RUT, no después.

Cuánto se paga: un ejemplo

La tarifa depende del grupo de actividad. Estas son las del primer rango del formulario 2593 de 2026, que aplica cuando los ingresos del bimestre llegan hasta 1.000 UVT ($52.374.000):

Grupo de actividad

Tarifa (primer rango)

Grupo 1: tiendas pequeñas, minimercados y peluquería

1,2 %

Grupo 2: comercio, servicios técnicos y mecánicos, industria y demás

1,6 %

Grupo 3: restaurantes, cafeterías y transporte

3,1 %

Grupo 3 (sic): consultores, abogados y otros profesionales

5,9 %

Cada grupo sube de tarifa al pasar a los rangos siguientes (hasta 2.500, 5.000 y 16.666 UVT de ingresos del bimestre). La tabla completa está en tarifas del régimen simple 2026.

Un ejemplo con Papelería El Punto S.A.S., que vende útiles y está en el Grupo 2:

  • Primer bimestre: vende $38.000.000. Está en el primer rango, así que el anticipo es $38.000.000 × 1,6 % = $608.000.
  • Segundo bimestre: vende $60.000.000. Pasa de 1.000 UVT ($52.374.000), cae en el segundo rango y la tarifa es 2,0 %: $60.000.000 × 2,0 % = $1.200.000.

Dos cosas se ven en el ejemplo. La tarifa se aplica a todo el ingreso del bimestre y se escoge según el total, no por tramos. Y el impuesto no mira si el negocio ganó o perdió plata ese bimestre: si los costos son altos frente a las ventas, puede salir más caro que en el ordinario. Al impuesto del año se le restan descuentos como los aportes a pensión del empleador y una parte de las ventas cobradas con tarjeta o medios electrónicos.

Si en un mismo bimestre hay actividades de grupos distintos, se aplica la tarifa más alta de las que correspondan. Y quien expende comidas y bebidas paga además el impuesto al consumo del 8 %, en su propio bloque.

Qué cambia en el día a día

  • Anticipo bimestral en el formulario 2593, sobre los ingresos de cada bimestre. Un bimestre sin ingresos también se presenta, con impuesto en cero.
  • Declaración anual en el formulario 260, donde se descuentan los anticipos ya pagados.
  • Factura electrónica desde el inicio: la necesitas habilitada para entrar y para vender.
  • Avisar a tus clientes. Al estar en el SIMPLE dejan de practicarte retención en la fuente por renta y de ICA.
  • IVA igual que antes si eres responsable.

Errores frecuentes de una empresa nueva

  • Elegir sin comparar. La tarifa nominal no dice cuál conviene; hay que proyectar los costos y las ventas reales. La comparación general está en régimen simple vs. ordinario, y la proyección con tus cifras la hace tu contador.
  • No tener lista la factura electrónica. Es una de las condiciones para estar en el régimen.
  • Medir el tope con la utilidad. El tope de 100.000 UVT son ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios.
  • No presentar un bimestre en cero. También se presenta.
  • Olvidar que los socios cuentan. Las otras empresas del socio se suman para el tope.

Preguntas frecuentes

¿Puedo entrar al SIMPLE si mi empresa tiene un mes de creada?

Sí, si cumples las condiciones del artículo 905 y optas al inscribirte en el RUT. No tienes que esperar a febrero.

¿El régimen simple me exime del IVA?

No. Si vendes bienes o servicios gravados, sigues siendo responsable de IVA y lo declaras como cualquier otra empresa.

¿Estar en el SIMPLE me libera de llevar contabilidad?

No por sí solo. Si eres comerciante, la obligación de llevar contabilidad viene del Código de Comercio, no del régimen tributario.

¿Qué pasa si paso de 100.000 UVT durante el año?

Dejas de cumplir un requisito y sales del régimen. El artículo 913 del Estatuto Tributario regula cómo y desde cuándo.

¿Quién presenta el anticipo?

Lo presenta la empresa con su contador, en el portal de la DIAN. Quadria arma el borrador del recibo del bimestre con los ingresos contabilizados y los valores que digita el contador; la revisión y la presentación siguen siendo suyas. Lo explica la página de software contable para el régimen simple.