Módulo de Quadria

Liquidar IVA y retefuente de forma automática

Quadria arma los formularios 300, 350, 2593 y 260 con lo ya contabilizado, para liquidar IVA y retefuente automático. Los arma: no los presenta ante la DIAN.

Formulario 300 · borrador del bimestre
IVA generado14.212.000
IVA descontable−6.908.400
Saldo a pagar7.303.600

Armado con lo ya contabilizado. Lo presentas tú en el portal de la DIAN.

Pantalla de ejemplo · datos ficticios

Qué formularios arma Quadria y de dónde salen las cifras

Quadria arma cuatro formularios: el 300 de IVA, el 350 de retención en la fuente y, para las empresas del régimen simple, el 2593 —el anticipo bimestral— y el 260 —la anual consolidada—. Los arma renglón por renglón, con la aritmética del instructivo oficial de cada uno, a partir de lo que ya está contabilizado y aprobado en el libro. Nada se vuelve a digitar ni se calcula por fuera de lo que el contador ya validó al aprobar cada documento.

Formulario 300

IVA. Sale del descontable y el generado que ya quedaron registrados en las cuentas del asiento aprobado.

Formulario 350

Retención en la fuente. Sale de lo que se practicó al aprobar cada compra: retefuente, ReteIVA y ReteICA.

Formulario 2593

Anticipo bimestral del régimen simple, liquidado sobre el ingreso del período según el grupo de la empresa.

Formulario 260

Anual consolidada del régimen simple, con el ingreso bruto de todo el año gravable.

Los cuatro formularios que arma Quadria

Cómo se va formando el IVA y la retefuente antes de que cierre el período

La diferencia con una hoja de cálculo armada al final del bimestre está en el momento en que se captura el dato. Cuando se aprueba una compra, el asiento ya trae el IVA descontable en su propia cuenta y las retenciones practicadas — retefuente, ReteIVA, ReteICA— según la matriz que corresponde a la personería del tercero: si es persona natural o jurídica, declarante o no, responsable de IVA o no. El formulario 300 no se liquida de una sola vez al cierre: se va formando con cada documento que el contador aprueba, y para cuando termina el período, la mayoría de las casillas ya tienen su cifra.

Eso no cambia quién decide. Cada retención que Quadria calcula queda marcada como propuesta dentro del asiento hasta que el contador la revisa junto con el resto de la compra; la liquidación automática acelera el llenado de la casilla, no reemplaza el criterio sobre si esa retención aplicaba.

Qué pasa con el ICA, y qué tarifas trae Quadria

El impuesto de industria y comercio no tiene una tabla nacional: cada municipio fija la suya según la actividad. Quadria no trae esa tabla. Cada empresa declara sus propias combinaciones de municipio, actividad y tarifa — esa configuración la hace el contador, con los datos que ya conoce de esa empresa—, y lo que Quadria automatiza es la aplicación: empareja el gasto con la tarifa que le corresponde por la cuenta contable que usó, y si la empresa tiene tarifas de varios municipios, desambigua por la ciudad del proveedor que quedó en la factura.

Qué cambia según el régimen: ordinario, especial o simple

El régimen de la empresa cambia el tratamiento de fondo, no sólo la casilla. En el régimen ordinario y en el especial, el IVA descontable y las retenciones se liquidan como se describió arriba, sin más matices. En el régimen simple de tributación cambia la base: el impuesto grava el ingreso bruto (art. 908 del Estatuto Tributario), así que el gasto no tiene dónde deducir en una declaración anual de renta, y por eso Quadria no ofrece el corte de renta a una empresa del régimen simple. Los nueve cortes de IVA sí le sirven: un responsable de IVA que está en el régimen simple declara su descontable exactamente igual que uno del régimen ordinario, porque ese es un impuesto distinto con su propia base.

¿Quadria presenta la declaración ante la DIAN?

No. Esta es la pregunta que más importa despejar antes de que crees la cuenta. Quadria arma el formulario —el 300, el 350, el 2593 o el 260— con la aritmética del instructivo oficial y los saldos que ya están en el libro. Lo que sigue —revisarlo con criterio profesional, firmarlo y radicarlo en el MUISCA— sigue siendo tarea del contador o de la persona que la empresa autorizó para presentar. Los arma. No los envía. Quadria tampoco da asesoría tributaria: la información de esta página es general, no un concepto sobre el caso de una empresa en particular.

El informe de gastos deducibles, para cuadrar antes de declarar

Antes de presentar el 300, ayuda ver qué gasto quedó marcado como deducible y cuál no. Quadria sirve ese resumen en tres formatos, con los cortes tomados del propio vocabulario del formulario: bimestres, cuatrimestres o el año completo, según la periodicidad de IVA que tenga configurada la empresa. Es un informe para revisar antes de declarar, no un paso adicional de la declaración misma.

Preguntas frecuentes

¿Quadria presenta la declaración ante la DIAN?

No. Quadria arma el formulario —el 300, el 350, el 2593 o el 260— con la aritmética del instructivo oficial y los saldos que ya están en el libro. Presentarlo en el MUISCA, firmarlo y radicarlo sigue siendo tarea del contador o de la persona autorizada. Los arma. No los envía.

¿Qué formularios liquida Quadria?

Cuatro: el 300 de IVA, el 350 de retención en la fuente y, para el régimen simple, el 2593 —el anticipo bimestral— y el 260 —la anual consolidada—. Los cuatro se arman renglón por renglón a partir de los asientos aprobados de la empresa, no de un cálculo aparte.

¿Espera Quadria al cierre del bimestre para calcular el IVA y la retefuente?

No. Cuando se aprueba una compra, el asiento ya trae el IVA descontable en su cuenta y las retenciones que correspondan según la personería del tercero. El formulario no se calcula al final del período: se va formando con cada documento que el contador aprueba.

¿Quadria trae las tarifas de ICA de mi municipio?

No. Cada empresa declara sus propias combinaciones de municipio, actividad y tarifa, y esa tabla la construye el contador. Lo que Quadria automatiza es la aplicación: empareja el gasto con la tarifa que le corresponde y desambigua por la ciudad del proveedor cuando hay varias en juego.

¿Cambia algo si mi empresa está en el régimen simple?

Sí, en dos frentes distintos. El gasto no deduce en la declaración anual de renta, porque el régimen simple grava el ingreso bruto (art. 908 del Estatuto Tributario) y ese corte no le aplica. En IVA no cambia nada: un responsable de IVA que está en el régimen simple declara su descontable igual que cualquier otro.