Contabilidad por actividad

Contabilidad para consultorio médico y odontológico

Contabilidad para consultorio médico y odontológico: la salud está excluida de IVA, no exenta, y eso decide si descuentas el IVA de tus compras.

Por qué la salud está excluida de IVA, y no exenta

Los servicios de salud humana están excluidos de IVA: un consultorio médico u odontológico no cobra IVA sobre la consulta, el procedimiento o el tratamiento que presta. Hasta ahí suena igual a "exento", pero no lo es, y la diferencia es justamente la que le duele al consultorio en la contabilidad diaria. Un servicio exento tampoco cobra IVA en la venta, pero el que pagó en sus compras sí lo descuenta. Un servicio excluido no tiene ese camino: el IVA pagado al comprar no se descuenta en ningún caso.

La consecuencia práctica es que el IVA de las compras del consultorio — equipos, insumos, arriendo del local— no va a una cuenta de IVA descontable: se suma al costo o al valor del activo que lo originó. Un equipo médico que cuesta cierto valor más IVA entra al activo por el total, no por el valor sin IVA a la espera de cruzarse contra algo. Es el ajuste que Quadria aplica al proponer el asiento de cada compra, el que un contador acostumbrado a clientes responsables de IVA tiene que recordar al llevar un consultorio.

El vacío del régimen simple después de la Sentencia C-540

La Ley 2277 de 2022 había creado un grupo propio del régimen simple para educación y salud. La Sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional lo tumbó, y el formulario 2593 del año gravable 2026 ya no lo trae. Por descarte, sin un grupo nombrado, la actividad de salud caería en el grupo residual.

Ese no es el único criterio en la calle. El contador de Quadria clasifica los consultorios de salud en el grupo de predominio del factor intelectual — el mismo de las profesiones liberales y la consultoría —, por entender que la práctica médica y odontológica responde a ese criterio más que al residual. Es un criterio profesional sobre un punto que la Sentencia C-540 dejó abierto, no la respuesta oficial de la DIAN. Hay quien clasifica estas actividades en el grupo residual y quien en el de predominio intelectual; antes de liquidar, confírmalo con tu contador.

Consultorio propio frente a honorarios dentro de una IPS

No es la misma contabilidad la de quien tiene consultorio propio y la de quien atiende dentro de una IPS. El consultorio propio factura directamente al paciente o a la entidad que lo remite, y ese valor entra como ingreso por venta de servicios. El profesional que atiende dentro de una IPS suele recibir honorarios con la retención ya practicada por quien paga, así que lo que contabiliza llega neto de una retención que otro ya calculó. Cuál de las dos situaciones aplica —o si conviven las dos— lo decide el contador según cómo opere cada profesional.

Por qué la cartera con EPS e IPS es distinta a la de cualquier otro cliente

Cuando el consultorio factura a una entidad de salud, el pago no llega de inmediato ni completo: viene a plazo, y con glosas — objeciones de la entidad que reducen o retrasan lo que finalmente paga. Es el problema de cartera más característico del sector, distinto del cliente particular que paga en el momento. Quadria no gestiona ni resuelve las glosas: lleva el saldo por tercero y las edades de la cartera, para que el consultorio vea cuánto le debe cada EPS o IPS y desde cuándo.

Los equipos médicos como activo, no como gasto

Un equipo de consultorio — de diagnóstico, de procedimiento, de esterilización — no se contabiliza como un gasto del mes en que se compra: entra como activo fijo y su costo se distribuye a lo largo de su vida útil mediante la depreciación. Confundirlo con un gasto corriente infla el resultado de ese mes y lo desinfla después sin razón económica. Al causar la compra de un equipo, Quadria propone la cuenta de activo fijo que corresponde, y el contador revisa esa clasificación antes de aprobarla.

Qué arma Quadria y qué decide el contador

Quadria arma la propuesta contable de cada compra y cada declaración según el documento y las reglas de la actividad, y el contador la revisa, la ajusta si hace falta y la presenta. Nada de esto es asesoría tributaria ni sustituye su firma; el criterio sobre el grupo del régimen simple explicado arriba es eso, un criterio, no una liquidación automática.

Códigos de actividad económica (CIIU Rev. 4 A.C.)

8621
Actividades de la práctica médica, sin internación
8622
Actividades de la práctica odontológica
8691
Actividades de apoyo diagnóstico

Régimen simple · Grupo 3 (sic)

Servicios profesionales, de consultoría y científicos con predominio del factor intelectual, incluidas las profesiones liberales

Tarifas del régimen simple para Grupo 3 (sic) por rango de ingresos bimestrales
Ingresos del bimestre (UVT)Tarifa
0 — 1.0005,9 %
1.000 — 2.5007,3 %
2.500 — 5.00012,0 %
5.000 — 16.66614,5 %

Art. 908 E.T. · Sentencia C-540 de 2023 · Ley 2277 de 2022

Preguntas frecuentes

¿Un consultorio médico puede descontar el IVA que paga en sus compras?

No. Los servicios de salud humana están excluidos de IVA, y un excluido no genera derecho a descontar el IVA de sus compras — a diferencia de un exento, que sí lo descuenta. El IVA que el consultorio paga por equipos, insumos o arriendo se contabiliza como mayor valor del costo o del activo que lo originó, nunca en una cuenta de IVA a favor.

¿Cuál es la diferencia entre excluido y exento de IVA para un consultorio?

Exento significa que la venta no genera IVA pero el que se pagó en las compras sí se descuenta o se pide en devolución. Excluido significa que la venta tampoco genera IVA, pero el IVA de las compras no se descuenta en ningún caso: se queda como parte del costo. La salud humana está excluida, no exenta, y esa palabra es la que cambia el tratamiento contable completo.

¿Qué grupo del régimen simple le corresponde a un consultorio de salud?

El formulario 2593 de 2026 ya no tiene un grupo propio para salud, después de que la Sentencia C-540 de 2023 tumbara el que había creado la Ley 2277 de 2022. Por descarte caería en el grupo residual, pero el contador de Quadria la clasifica en el grupo de predominio del factor intelectual, junto con las profesiones liberales. Es un criterio sobre un punto que la norma dejó abierto, no la respuesta oficial: confírmalo con tu contador antes de liquidar.

¿El profesional que atiende en una IPS declara distinto del dueño de un consultorio propio?

Sí, porque son dos situaciones distintas. El consultorio propio factura directamente al paciente o a la entidad y contabiliza ese ingreso como venta de servicios. El profesional que atiende dentro de una IPS suele recibir honorarios con retención ya practicada por quien paga, lo que cambia qué se contabiliza como ingreso y qué ya llegó neto de retención.